Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia de 18 Dic. 2015, Rec. 4136/2014: Extranjeros. Estancia en España. Visado de estancia de corta duración. Derecho de nacional cubana a su obtención para viajar a España por 30 días con el fin de visitar a su madre. Casación de la sentencia que ratifica la resolución denegatoria del visado fundada en no haberse podido establecer la intención de la interesada de abandonar el territorio de los Estados Schengen antes de su expiración. Manifiesta infracción por la Sala de instancia de la normativa aplicable. Confirmó la resolución impugnada por no estar la solicitante del visado a cargo de su madre, sin comprobar realmente la observancia de los requisitos exigibles con arreglo a dicha normativa, y sin comprobar si la Administración Consular ejerció sus potestades de forma arbitraria. Anulación en sede casacional de dicha resolución. Falta de justificación suficiente de la decisión administrativa. La documentación aportada evidencia que concurren los requisitos exigidos para la concesión del visado, incluida la garantía de retorno una vez transcurrido el término del mismo (se adjunta un billete de vuelta a Cuba que no sobrepasa el período de estancia solicitado).
Ponente: Perelló Doménech, María Isabel.
Nº de Recurso: 4136/2014
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 8688, Sección Jurisprudencia, 25 de Enero de 2016
LA LEY 196369/2015
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