miércoles, 12 de mayo de 2021

DOUE de 12.5.2021


- Reglamento de Ejecución (UE) 2021/776 de la Comisión, de 11 de mayo de 2021, por el que se establecen los modelos de determinados formularios, así como las normas técnicas para el intercambio efectivo de información en virtud del Reglamento (UE) 2018/1672 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los controles de la entrada o salida de efectivo de la Unión.

Nota: El Reglamento (UE) 2018/1672 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a los controles de la entrada o salida de efectivo de la Unión, establece un sistema de controles respecto del efectivo acompañado o no acompañado por un valor igual o superior a 10 000 EUR que entre en la Unión o salga de ella, a fin de complementar el marco jurídico para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo establecido en la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Véanse las entradas de este blog del día 12.11.2018 y del día 5.6.2015.
La presente disposición regula el 'formulario de declaración' (art. 1), el 'formulario de declaración informativa' (art. 2), los formularios reservados a la Administración (art. 4), así como el intercambio de información a través del Sistema de Información Aduanero (art. 5).
De conformidad con su artículo 7, este Reglamento será aplicable a partir del 3 de junio de 2021, fecha a partir de la cual también será aplicable el Reglamento 2018/1672. 

[DOUE L167, de 12.5.2021]

- Actualización de la lista de pasos fronterizos mencionados en el artículo 2, apartado 8, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) 2021/C 184/08.

Nota: Véase el Reglamento (UE) nº 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

- Lista de aduanas habilitadas para llevar a cabo los trámites de exportación de bienes culturales, publicada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 116/2009 del Consejo.

Nota: Véase el Reglamento (CE) nº 116/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la exportación de bienes culturales, así como la entrada de este blog del día 10.2.2009.

[DOUE C184, de 12.5.2021]

- Notificación por parte de la Unión Europea de conformidad con el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra.

Nota: Se revisa la lista de autoridades competentes, sustituyéndose los datos notificados al Reino Unido el 29 de enero de 2021 (véase la entrada de este blog del día 16.2.2021) en relación con el apartado I.b) [Autoridad competente en virtud del Derecho nacional de cada Estado miembro para la ejecución de una orden de detención (artículo 690.7, letra b - antiguo artículo LAW.OTHER 134, apartado 7, letra b)] de la mencionada notificación.

Por otro lado, se añaden nueva notificaciones a las dirigidas al Reino Unido el 26 de febrero de 2021 (véase la entrada de este blog del día 6.4.2021):
- Apartado II.8 de las notificaciones: artículo 659, apartado 4/artículo 690, apartado 2 (antiguo artículo LAW.CONFISC.4, apartado 4/artículo LAW.OTHER.134, apartado 2).
- Apartado II.9 de las notificaciones: artículo 660, apartado 5/artículo 690, apartado 2 (antiguo artículo LAW.CONFISC.5, apartado 5/artículo LAW.OTHER.134, apartado 2).
- Apartado II.11 de las notificaciones: artículo 670/artículo 690, apartado 2 (antiguo artículo LAW.CONFISC.15, apartado 2/artículo LAW.OTHER.134, apartado 2).

 Véase la versión definitiva del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre las UE, la CEEA y el Reino Unido, así como la entrada de este blog del día 30.4.2021.

[DOUE C185, de 12.5.2021]

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