lunes, 27 de junio de 2022

DOUE de 27.6.2022


- Reglamento (UE) 2022/991 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2022, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/794 en lo que se refiere a la cooperación de Europol con entidades privadas, el tratamiento de datos personales por Europol en apoyo de investigaciones penales y el papel de Europol en materia de investigación e innovación.

Nota: La Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) se creó en virtud del Reglamento (UE) 2016/794 del Parlamento Europeo y del Consejo (véase la entrada de este blog del día 24.5.2016) para apoyar y reforzar la actuación de las autoridades competentes de los Estados miembros, así como su cooperación mutua en la prevención y la lucha contra la delincuencia grave que afecte a dos o más Estados miembros, el terrorismo y las formas de delincuencia que lesionen un interés común protegido por una política de la Unión.
En materia de seguridad, Europa se enfrenta a un panorama cambiante, con amenazas para la seguridad que evolucionan y se vuelven cada vez más complejas. Los terroristas y otros delincuentes aprovechan la transformación digital y las nuevas tecnologías, en particular, tanto la interconectividad como la confusión de los límites entre el mundo físico y el digital, por ejemplo, ocultando sus delitos y su identidad mediante el recurso a tecnologías cada vez más sofisticadas. Los terroristas y otros delincuentes han demostrado su capacidad para adaptar su modus operandi y desarrollar nuevas actividades delictivas en tiempos de crisis, incluido el aprovechamiento de herramientas habilitadas por la tecnología para multiplicar y expandir la gama y la escala de sus actividades delictivas. El terrorismo sigue constituyendo una amenaza importante para la libertad y el modo de vida de los ciudadanos de la Unión.
En consecuencia, se deben atribuir funciones adicionales a Europol en virtud del presente Reglamento para permitirle apoyar mejor a las autoridades competentes de los Estados miembros, al mismo tiempo que se mantienen las responsabilidades de los Estados miembros en el ámbito de la seguridad nacional establecidas en el artículo 4.2 del TUE. El mandato reforzado de Europol debe equilibrarse con las garantías por lo que respecta a los derechos fundamentales y una mayor rendición de cuentas, asunción de responsabilidades y supervisión, incluido el control parlamentario y la supervisión ejercida por el Consejo de Administración de Europol. Para que Europol pueda cumplir su mandato reforzado, se le deben asignar recursos humanos y financieros adecuados para apoyar sus funciones adicionales.

- Directiva (UE) 2022/993 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2022, relativa al nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas (versión codificada).

Nota: La Directiva 2008/106/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ha sido modificada en varias ocasiones de forma sustancial. En aras de la claridad y la racionalidad, se procede ahora a la codificación de dicha Directiva.
En consecuencia, se deroga la Directiva 2008/106/CE (art. 34).

[DOUE L169, de 27.6.2022]


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.