miércoles, 16 de noviembre de 2022

DOUE de 16.11.2022


- Comunicación de la Comisión — Aprobación del contenido de un proyecto de Reglamento de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Nota: El 15 de noviembre de 2022, la Comisión ha aprobado el contenido de un proyecto de Reglamento de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 TFUE a las ayudas de minimis.

En numerosas decisiones, la Comisión ha aclarado el concepto de «ayuda» a efectos de lo dispuesto en el artículo 107.1 TFUE. La Comisión también se ha manifestado sobre su política relativa a un límite máximo de minimis por debajo del cual puede considerarse que no es aplicable el artículo 107.1 TFUE. Lo hizo inicialmente en su Comunicación relativa a las ayudas de minimis y, posteriormente, en los Reglamentos (CE) n.o 69/2001, (CE) n.o 1998/2006 y (UE) n.o 1407/2013 de la Comisión. A la luz de la experiencia adquirida en la aplicación del Reglamento (UE) n.o 1407/2013, resulta oportuno revisar algunas de las condiciones que en él se establecen. Así, por ejemplo se aumenta el límite máximo de las ayudas de minimis que una única empresa puede recibir por Estado miembro a lo largo de un período de tres años hasta los 275.000 EUR. 

[DOUE C435, de 16.11.2022]


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