Resolución de 1 de agosto de 2011, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión de Cooperación entre la Comunidad de Castilla y León y el Estado en relación con la Ley de Castilla y León 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León.
Nota: De entre los acuerdos alcanzados por la Comisión de Cooperación entre la Comunidad de Castilla y León y el Estado cabe destacar el compromiso de la Junta de Castilla y León de promover la supresión del párrafo 2º del art. 57.2 de la Ley 16/2010. El art. 57 regula el régimen de inscripción, autorización y acreditación de las entidades, centros y servicios previstos en la ley, aplicable tanto a los prestadores establecidos en España como a los prestadores de servicios establecidos en cualquier Estado miembro de la UE. Pues bien, el p. 2º de su núm. 2, objeto de discusión, establece que "[...] en el ámbito de aplicación de esta ley no se admitirá en la Comunidad de Castilla y León ninguna inscripción, autorización o acreditación emitida por otra Comunidad Autónoma o por autoridades distintas a las establecidas en esta ley, salvo que se disponga lo contrario en los reglamentos que la desarrollen".[BOE n. 238, de 3.10.2011]
Sobre la Ley 16/2010 véase la entrada de este blog del día 8.1.2011.
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