Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 28 Abr. 2014, rec. 2105/2011: Sucesión hereditaria. Acción de impugnación de escritura de manifestación y adjudicación de herencia solicitando la restitución de los bienes para realización de nueva partición. Estimación. Causante de nacionalidad italiana y con residencia legal en España, casado con una española. Derecho internacional privado. Interpretación del art. 9.8, in fine, CC. Aplicación del sistema sucesorio español a los derechos sucesorios del cónyuge supérstite. Así se desprende de la escritura pública de capitulaciones prenupciales en donde los otorgantes hicieron constar su residencia habitual común en Málaga y la determinación del derecho común como norma aplicable para regular los efectos del matrimonio. Improcedencia de la aplicación de la doctrina de los actos propios por el hecho de que la demandante, sobrina del causante, hubiese dispuesto de algunos derechos o bienes de la herencia.
Ponente: Orduña Moreno, Francisco Javier.Nº de Sentencia: 624/2013Nº de Recurso: 2105/2011Jurisdicción: CIVILDiario La Ley, Nº 8345, Sección Jurisprudencia, 2 de Julio de 2014LA LEY 64157/2014Nota: Véase el comentario a la sentencia de Francisco de Borja Iriarte, publicado en LegalToday.com, así como la entrada de este blog del día 18.6.2014.
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