Decisión (UE) 2019/400 del Consejo, de 22 de enero de 2019, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo sobre el estatuto entre la Unión Europea y la República de Serbia en lo que respecta a las acciones llevadas a cabo por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en la República de Serbia.
Nota: El artículo 54, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/1624 del Parlamento Europeo y del Consejo establece que, en los casos en que se prevea que los equipos de la Guardia Europea de Fronteras y Costas vayan a ser enviados a un tercer país para acciones en las que sus miembros vayan a gozar de competencias ejecutivas, o en los que otras acciones en terceros países lo requieran, la Unión debe celebrar un acuerdo sobre su estatuto con el tercer país en cuestión. Tal acuerdo sobre su estatuto debe cubrir todos los aspectos necesarios para llevar a cabo las acciones. Las negociaciones de un acuerdo sobre el estatuto se iniciaron el 7 de abril de 2017 y concluyeron con éxito mediante la rúbrica del Acuerdo sobre el estatuto entre la Unión Europea y la República de Serbia en lo que respecta a las acciones llevadas a cabo por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en la República de Serbia el 20 de septiembre de 2018.
Mediante el presente acto se autoriza la firma del Acuerdo sobre el estatuto entre la UE y Serbia en lo que respecta a las acciones llevadas a cabo por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en Serbia.
Véase la Decisión (UE) 2020/865 del Consejo, de 26 de mayo de 2020, por la que se aprobó el Acuerdo, así como el texto del Acuerdo.
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