- Real Decreto 407/2024, de 23 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Nota: Entre otras modificaciones del Real Decreto 1110/2015 (véase la entrada de este blog del día 30.12.2015) cabe destacar la de su artículo 9.3, para eximir a los ciudadanos de la Unión Europea de la obligación de aportar certificación negativa de condenas penales por delitos sexuales expedidos por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales. En estos casos, el encargado del Registro recabará la información penal que, en su caso, pudiera constar en el país de nacionalidad, a los efectos de incluirla en la correspondiente certificación.
Por otro lado, se modifica el artículo 10 con la finalidad de equiparar el régimen de cancelación de las sentencias dictadas por Jueces o Tribunales extranjeros que consten en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, salvo en los casos en los que el Estado de condena hubiere ordenado con anterioridad la eliminación o borrado de la causa.
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