- Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 3 de Octubre de 2023, Rec. 501/2019: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Renta de no residentes. Determinación de la residencia fiscal en España. Determinación del domicilio fiscal del obligado tributario. La residencia fiscal en el periodo liquidado se encuentra en el Reino Unido y no en España, no habiendo acreditado la Administración tributaria que el recurrente hubiera residido habitualmente en España en los términos exigidos por el art. 9.1 de la Ley 35/2006, pues el que tenga intereses económicos y relaciones familiares con residentes en España, no implica que resida habitualmente en España.
Ponente: Montero Elena, Concepción MónicaNº de Recurso: 501/2019Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVAIustel - Diario Del Derecho, 16 abril 2023, sección Jurisprudencia[Texto Iustel][Texto en CENDOJ: Roj: SAN 5630/2023 - ECLI:ES:AN:2023:5630]
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