Blanqueo de cuotas defraudadas y la paradoja McFly
Enrique LUZÓN CAMPOS, Prof. Asociado de Derecho Penal (Universidad Carlos III de Madrid), Abogado (Allen & Overy)
Diario La Ley, Nº 7818, Sección Tribuna, 14 Mar. 2012
Enrique LUZÓN CAMPOS, Prof. Asociado de Derecho Penal (Universidad Carlos III de Madrid), Abogado (Allen & Overy)
Diario La Ley, Nº 7818, Sección Tribuna, 14 Mar. 2012
En el presente trabajo se analiza la posibilidad de que las cuotas defraudadas a la Hacienda Pública puedan ser objeto de un posterior delito de blanqueo de capitales. Se estudian las diversas posturas doctrinales en la materia (a favor y en contra) y, ante las afirmaciones que dan por zanjada la cuestión como consecuencia del texto de la nueva Ley 10/2010, de Prevención del Blanqueo de Capitales, se dan argumentos para concluir que, a pesar de la literalidad de la Ley, las cuotas defraudadas no pueden ser objeto de un posterior blanqueo.
Nota: Véase la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Véase igualmente el art. 301 y el art. 305 del Código Penal.
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