Acaba de aparecer la monografía "Elección Tácita de Ley en los Contratos Internacionales", de la que es autor Manuel A. PENADÉS FONS (Universidad de Valencia) y que ha sido publicada por la Editorial Aranzadi - Thomson Reuters.
La libertad que actualmente se concede a las partes para que escojan la ley aplicable a su contrato comercial internacional no siempre se manifiesta mediante una cláusula expresa en el acuerdo. Este silencio deriva frecuentemente en litigación relativa a determinar si las partes efectivamente ejercieron dicha libertad, a pesar de que no quedara reflejado en el contrato. Aunque la normativa de la Unión Europea establece una solución armonizada para esta materia, la práctica demuestra que la respuesta dada por los tribunales de los Estados Miembros es sustancialmente heterogénea. Esto la convierte en una cuestión controvertida e incierta en cualquier litigio relacionado con un contrato comercial internacional. La presente obra analiza en profundidad los criterios empleados tanto por la jurisprudencia española como europea y ofrece una valiosa guía práctica profesional para enfrentarse a la cuestión de elección tácita de ley aplicable ante tribunales nacionales y arbitrales.
Extracto del Índice:
La libertad que actualmente se concede a las partes para que escojan la ley aplicable a su contrato comercial internacional no siempre se manifiesta mediante una cláusula expresa en el acuerdo. Este silencio deriva frecuentemente en litigación relativa a determinar si las partes efectivamente ejercieron dicha libertad, a pesar de que no quedara reflejado en el contrato. Aunque la normativa de la Unión Europea establece una solución armonizada para esta materia, la práctica demuestra que la respuesta dada por los tribunales de los Estados Miembros es sustancialmente heterogénea. Esto la convierte en una cuestión controvertida e incierta en cualquier litigio relacionado con un contrato comercial internacional. La presente obra analiza en profundidad los criterios empleados tanto por la jurisprudencia española como europea y ofrece una valiosa guía práctica profesional para enfrentarse a la cuestión de elección tácita de ley aplicable ante tribunales nacionales y arbitrales.
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PrólogoFicha Técnica:
I. Introducción: Autonomía conflictual en el Reglamento Roma I
II. Delimitación conceptual: Elección tácita de ley aplicable
III. Delimitación práctica: Relevancia del estudio
IV. Elección de ley aplicable en la Unión Europea
1. Panorama preconvencional y convencional: Ausencia de armonización efectiva
2. Historia legislativa del artículo 3.1 Reglamento Roma I
2.1. El Libro Verde
2.2. Las Respuestas al Libro Verde
2.3. Las Propuestas de Reglamento
2.4. La versión definitiva
3. Existencia de elección «v» Validez de la elección
V. La búsqueda de la voluntad real de la partes
1. Existencia real de «pactum de lege utenda»: Elección tácita v Elección hipotética
2. ¿Dónde se esconde la intención? Indicios de elección tácita
2.1. Cláusulas de jurisdicción
2.2. Contratos interrelacionados
2.3. Contratos previos entre las partes
2.4. Uso de formularios contractuales o contratos modelo
2.5. Mención de un Derecho nacional específico
2.6. Validez exclusiva del contrato bajo un Derecho nacional específico
2.7. Conducta procesal de las partes
2.8. Otros indicios
3. Elección tácita en el Arbitraje Comercial Internacional: Especialidades
3.1. La sede arbitral como indicador de la «lex contractus»
3.2. Ley aplicable a la cláusula arbitral: ¿posible inspiración en Roma I?
4. Cuestiones adicionales
4.1. Existencia de elección parcial tácita de Derecho aplicable
4.2. Prueba de ausencia de elección de Derecho aplicable
4.3. Modificación tácita de Derecho aplicable
VI. Conclusiones
ANEXO 1. «Extracto» Reglamento Roma I
ANEXO 2. Artículo 3 del Convenio de Roma de 1980
FUENTES CITADAS
Manuel A. PENADÉS FONS
Elección Tácita de Ley en los Contratos Internacionales
Aranzadi, Pamplona, 2012
272 págs. - 22,00 €
ISBN: 978-84-9014-019-2
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