Resolución de 12 de mayo de 2016, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Nota: Se publica ahora el Acuerdo de la Subcomisión en relación con la Ley 26/2015. De él cabe destacar el punto 1º, letra a), en el que se afirma lo siguiente:
"En relación con el artículo tercero de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, ambas partes coinciden en interpretar que las modificaciones introducidas por el citado precepto en la Ley 54/2007, de 28 de diciembre de Adopción Internacional, se aplicarán sin perjuicio de las competencias en este ámbito de las Comunidades Autónomas y de la colaboración con las mismas, de acuerdo en todo caso con los criterios establecidos por la Jurisprudencia Constitucional en relación con los supuestos en que el Estado ejerce la regulación y coordinación de la acción exterior para evitar eventuales perjuicios sobre la dirección y puesta en ejecución de la política exterior que corresponde al Estado, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 97 y 149.1.3.ª y 8.ª de la Constitución, sin perjuicio del pleno respeto de las competencias de la Generalitat respecto de su derecho civil especial y del respeto a las competencias de la Generalitat en materia de protección del menor (artículos 129 y 166 del EAC)".Véase la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, así como la entrada de este blog del día 29.7.2015.
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