lunes, 29 de enero de 2018

Jurisprudencia - Derecho del personal docente universitario temporal a la evaluación de su actividad investigadora


Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo N°. 8, Sentencia 135/2017 de 26 Dic. 2017, Rec. 191/2016: Universidades. Profesorado. Evaluación de la actividad investigadora. Nulidad del art. 1 de la Resolución de 30 de Nov. 2016, por la que se fija el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora a la CNEAI por discriminación del personal docente temporal, ya que limita la presentación de solicitudes a los funcionarios de carrera. Introducción de una limitación contraria a la norma de la que trae causa, vulnerando el principio de jerarquía normativa. Remisión a pronunciamientos anteriores de la AN y del TS que reconocen la valoración de los sexenios de investigación a los profesores con contrato laboral al amparo del principio de no discriminación del Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70/CE) y la necesaria equiparación del personal interino y el personal fijo en el marco del citado Acuerdo.
Nº de Sentencia: 135/2017
Nº de Recurso: 191/2016
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 9128, Sección Jurisprudencia, 29 de Enero de 2018

Nota: Texto de la sentencia en el Blog de José Carlos Fernández Rozas.

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