Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
Nota: En esta compleja norma, que afecta a muchas materias, cabe destacar las siguientes disposiciones:[BOE n. 112, de 22.4.2020]
- DA 9ª (reglas aplicables a las ayudas con cargo a financiación de convocatorias públicas en el ámbito universitario). Estas reglas pretenden garantizar que las dificultades en la realización de las actividades para las que se otorgaron las ayudas, derivadas de la declaración del estado de alarma, no impidan el adecuado desempeño de los estudiantes universitarios, del personal investigador y/o del profesorado universitario. Así, se habilita normativamente la posibilidad de modificar las condiciones de dichas ayudas para garantizar la continuidad de proyectos.
- DA 14ª (reglas aplicables a los contratos predoctorales para personal investigador en formación suscritos en el ámbito de la investigación). Se permite a las entidades que hayan suscrito contratos predoctorales para personal investigador en formación con financiación que no proceda de convocatorias de ayudas de recursos humanos realizadas por agentes de financiación del Sistema Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación en el marco de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, prorrogar su vigencia en las condiciones que se especifican.
- DT 4ª (disposiciones aplicables a determinados préstamos universitarios). A los beneficiarios de 'préstamos renta-universidad' que no puedan hacer frente al reembolso de los préstamos se le da la posibilidad de optar por la novación, habilitándose un nuevo plazo.
- DF 13ª (entrada en vigor). Con carácter general, entrará en vigor mañana.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.