- Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia de 12 Nov. 2021, Rec. 46/2020: Derecho de asilo. Reconocimiento de la condición de refugiado a nacional de Venezuela. Anulación de la resolución que le deniega el asilo y la protección subsidiaria, autorizando su permanencia en España por razones humanitarias. Omite el análisis de sus condiciones personales y profesionales. No se trata de un mero opositor al régimen, sino de un funcionario del mismo muy cualificado (trabajaba en la DG Contrainteligencia Militar) que abiertamente se ha mostrado contrario a cumplir las órdenes conducentes a la represión de los opositores. Siendo sospechoso de colaboración con la oposición, es razonable pensar que a su regreso a Venezuela podría ser objeto de persecución por parte del Gobierno o sus terminales ejecutivas, pudiendo ser detenido, torturado y sometido a tratos inhumanos y degradantes. Por ello, el grado de protección que ha de ofrecérsele ha de ser el máximo (declaración de refugiado), y no sólo el de la permanencia en España por razones humanitarias.
Ponente: Martínez Tristán, Francisco Gerardo.
Nº de Recurso: 46/2020
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 9999, Sección Jurisprudencia, 28 de Enero de 2022
ECLI: ES:AN:2021:4724
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.