viernes, 28 de enero de 2022

Modelo de solicitud de reagrupación o extensión familiar en caso de personas refugiadas y beneficiarias de la protección subsidiaria

 

El Título III de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria garantiza el mantenimiento de la unidad familiar de las personas refugiadas y beneficiarias de la protección subsidiaria, siempre que se cumplan los requisitos de parentesco, dependencia y convivencia previa que establece esa ley. Cuando los familiares a los que se pretende extender la protección internacional no se encuentren en España, las solicitudes de extensión o reagrupación familiar debe presentarlas la persona beneficiaria de protección internacional ante la Subdirección General de Protección Internacional. Los familiares residentes en el extranjero únicamente tendrán que acudir a la Embajada o Consulado de España que les corresponda cuando sean convocados para la realización de un trámite relacionado con la solicitud.

La solicitud deberá seguir el modelo expresamente indicado para ello y será presentada en Registro Administrativo o en las oficinas de Correos, dirigida a la Subdirección General de Protección Internacional, Dirección General de Política Interior, Ministerio del Interior. A la solicitud se adjuntará cualquier documentación acreditativa de la identidad, de la relación de parentesco y de dependencia y de la convivencia previa, en su caso, de los familiares para los que
se solicita la extensión familiar o reagrupación.

Véase la Nota informativa del Ministerio del Interior, así como el Modelo de solicitud de reagrupación o extensión familiar [PDF] [Word]

Fuente: Boletín Digital Otrosi.net Administrativo del ICAM.


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