lunes, 13 de mayo de 2024

Jurisprudencia - El mero uso de un turismo matriculado en la UE no obliga a pagar en España el IEDMT

 

- Tribunal Económico-Administrativo Central, Resolución de 17 Abr. 2024, Rec. 8405/2023: Impuestos especiales. Impuesto especial sobre determinados medios de transporte. La mera utilización en territorio español de un vehículo matriculado en otro Estado miembro sin acreditar el uso habitual en territorio español o la permanencia del vehículo en el citado territorio no podrá dar lugar a la exigencia del IEDMT de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65.1.d) de la Ley de Impuestos Especiales en relación con la Disposición Adicional Primera de la citada norma. Fija criterio.

Nº de Recurso: 8405/2023
Diario LA LEY, Nº 10503, Sección Doctrina administrativa, 13 de Mayo de 2024
[Texto de la resolución]


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