domingo, 5 de octubre de 2025

Bibliografía - MASC y nuevo requisito de procedibilidad, también en conflictos transfronterizos


MASC y nuevo requisito de procedibilidad, también en conflictos transfronterizos - ADR and new admissibility requirement, also in cross-border disputes
Carmen AZCÁRRAGA MONZONÍS, Profesor Titular de Derecho Internacional Privado (Universidad de Valencia)
Bitácora Millennium DIPr., nº 22 (Prepublicación)
[Parte I]   [Parte II]
SUMARIO: Parte I: I. Presentación.II. Ley Orgánica 1/2025: ámbito de aplicación y disputas internacionales. III. El impacto de la Ley Orgánica 1/2025 en los conflictos transfronterizos. 1. El concepto de “conflicto transfronterizo”. A) Concepto de “conflicto transfronterizo”: primer supuesto. a) Los elementos de internacionalidad del conflicto transfronterizo. b) Momentos a partir de los cuales se han de considerar los elementos de internacionalidad del conflicto transfronterizo. b.1) El momento en que las partes acuerdan hacer uso de la mediación. b.2) El momento en que es obligatorio acudir a la mediación. B) Concepto de “conflicto transfronterizo”: segundo supuesto. a) Conflictos presentes y futuros. b) La irrelevancia del lugar de desarrollo de la mediación. c) La intención de la ejecución del pacto alcanzado en otro país. d) El traslado del domicilio de alguna de las partes. C) Del “conflicto transfronterizo” de la Ley 5/2012 de mediación a la Ley Orgánica 1/2025. Parte II: 2. Reflexiones en torno a la introducción del requisito de procedibilidad en los conflictos transfronterizos. A) Pertinencia de la medida en la resolución de conflictos transfronterizos. B) La mediación ¿obligatoria? en los conflictos transfronterizos. C) Otros medios adecuados de solución de controversias en los conflictos transfronterizos. a) La negociación directa entre las partes. b) La conciliación pública y privada. c) La oferta vinculante confidencial. d) La opinión de persona experta independiente. e) El Derecho colaborativo. IV. Conclusiones.

La Ley Orgánica 1/2025 ha introducido en el sistema procesal español un requisito de procedibilidad en el orden civil vinculado al obligatorio recurso a los MASC con carácter previo a la vía judicial que también afecta a los asuntos civiles y mercantiles transfronterizos. En este estudio se analiza el impacto de esta novedad en esta clase de conflictos, cuya aplicación no estará exenta de ciertas dificultades por las peculiaridades propias de los asuntos vinculados con más de un país.
Organic Law 1/2025 has introduced into the Spanish procedural system an admissibility requirement in the civil order stating the mandatory recourse to ADR before going to court, which also affects cross-border civil and commercial matters. This study analyses the impact of this novelty on this type of disputes, the application of which will not be without difficulty due to the peculiarities of cases linked to more than one country.

 

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