Juzgado de lo Social N°.. 2 de Oviedo, Sentencia de 9 Abr. 2012, rec. 1043/2011: Derecho al permiso y subsidio por maternidad. Gestación por sustitución. Derecho de la solicitante a disfrutar del permiso de maternidad de 16 semanas con las prestaciones económicas correspondientes. Inscripción del menor, gestado por otra persona en EE.UU., en el Registro consular como hijo de la interesada y su esposo. Finalidad del permiso por maternidad. Equiparación de la situación de la solicitante con el resto de situaciones protegidas al ser incuestionable el hecho mismo de la maternidad. La circunstancia de que la maternidad por sustitución -el llamado «vientre de alquiler»- no esté reconocida en España, e incluso esté prohibida, no es motivo para el no reconocimiento del subsidio a la madre, dado que en otras situaciones ilegales o irregulares existe la protección para los afectados, como p.ej. el caso de pensión de viudedad de esposas de causante extranjero de país que reconoce la poligamia. Referencia a la Resolución de la DGRN de 18 de febrero de 2009 en la que se autorizó la inscripción de los hijos de una pareja española gestados por una madre de alquiler en California, donde se señaló la validez extraterritorial de la decisión extranjera. Principio de igualdad. La maternidad por sustitución debe equipararse a otras situaciones de hecho protegidas, y su denegación supone vulnerar el derecho fundamental. Competencia de la jurisdicción social. Se reclama el reconocimiento de una prestación de Seguridad Social y no la fecha de disfrute.
Ponente: García Fernández, María Cristina.
Nº de Sentencia: 212/2012
Nº de Recurso: 1043/2011
Jurisdicción: SOCIAL
Diario La Ley, Nº 7885, Sección La Sentencia del día, 21 Jun. 2012
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