martes, 19 de diciembre de 2017

Jurisprudencia - Denegación visado de reagrupación familiar por no acreditarse la dependencia económica del reagrupante


Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Sentencia de 8 mayo 2017, Rec. 1712/2016: Visado de reagrupación familiar en régimen comunitario instado por el hijo de la recurrente, mayor de 21 años. Denegación. El mero compromiso, del ciudadano comunitario o de su cónyuge, de asumir a su cargo a los miembros de la familia de que se trata no demuestra que exista una situación real de dependencia de éstos ni que, por tanto, se encuentre a cargo de la reagrupante.
Ponente: Arozamena Laso, Ángel Ramón.
Nº de Recurso: 1712/2016
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Iustel - Diario Del Derecho, 19 diciembre 2017, sección Jurisprudencia
[Texto Iustel]
[Texto en CENDOJ: Roj: STS 1685/2017 - ECLI: ES:TS:2017:1685]

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