viernes, 11 de mayo de 2018

Consejo de Ministros de 11 de mayo de 2018


El Consejo de Ministros, en su sesión de hoy viernes ha decidido autorizar la firma del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas, así como del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y el Reino de los Países Bajos respecto de Curazao. Según la referencia del Consejo, dichos acuerdos establecen el marco legal que proporciona cobertura a los enlaces aéreos entre España y esos países, adecuándolo a la normativa de la UE. Ambos recogen la fórmula habitual de este tipo de convenios bilaterales sobre servicios aéreos y recogen en su articulado las cláusulas administrativas que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) recomienda incluir en este tipo de acuerdos sobre servicios aéreos a sus Estados miembros. Se han establecido unos principios muy flexibles en cuanto al régimen de operaciones que se pueden realizar entre España y Bahamas y entre España y Curazao, fortaleciéndose así las relaciones mutuas en el ámbito del transporte comercial aéreo. Al tratarse de Acuerdos de competencia mixta entre España y la UE, se han cumplido todos los preceptos del Reglamento (CE) Nº 847/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre Estados miembros y países terceros, al incluir en su articulado los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la UE. La Comisión Europea ha dado su conformidad para que España suscriba estos Acuerdos.

Igualmente, el Consejo ha aprobado la Declaración del Gobierno con motivo de la celebración del Día Internacional contra la homofobia y la transfobia. Sobre el contenido de la Declaración del Gobierno véase la referencia del Consejo de Ministros.

El Consejo también ha tomado conocimiento de las Medidas del Tratado Antártico aprobadas en la XL Reunión Consultiva del Tratado Antártico. De acuerdo con la referencia del Consejo, el Tratado Antártico entró en vigor en 1961. España se adhirió a él en 1982 y adquirió la condición de Parte Consultiva de pleno derecho en 1988. Sus objetivos, entre otros, son los de utilizar la Antártida con fines pacíficos y el de intercambio de observaciones de resultados científicos sobre la Antártida, los cuales estarán disponibles libremente. El Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, que entró en vigor en 1998, contempla la adopción de medidas para su propia ejecución por parte de las Reuniones Consultivas del Tratado Antártico (RCTA).
En la XL RCTA celebrada en Pekín en 2017, se aprobaron ocho Medidas en aplicación del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y entraron en vigor el mismo año. Estas Medidas son jurídicamente vinculantes para las Partes Consultivas y su incorporación al ordenamiento jurídico español es necesaria para dar cumplimiento al Tratado Antártico.

El Consejo ha aprobado también la entrega a Uruguay del exmilitar de dicha nacionalidad, Eduardo Augusto Ferro Bizzozero, para su enjuiciamiento por los delitos de lesa humanidad presuntamente cometidos durante el periodo de dictadura, entre los años 70 y 80. Según la referencia del Consejo, este exmilitar se encuentra actualmente en España en situación de prisión provisional y será enjuiciado en su país por la desaparición de otro ciudadano uruguayo, bajo la acusación de presuntos delitos de desaparición forzosa, homicidio, genocidio, torturas y privación grave de libertad, todos ellos englobados en el estatus de lesa humanidad. Además, está identificado como uno de los principales protagonistas en dicho país de la denominada Operación Cóndor, una ofensiva dirigida por varias dictaduras latinoamericanas de finales de los años 70 para acabar con la disidencia política.

Finalmente, el Consejo ha acordado remitir a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de distribución de seguros y reaseguros privados, con el que se traspone la Directiva 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016. Según la referencia del Consejo, la norma europea persigue aumentar la proyección de los asegurados mediante el incremento de la transparencia, evitando conflictos de interés o diseñando productos más adecuados para el consumidor. Además, trata de establecer unas condiciones de competencia equitativa para todos los operadores del sector, que sean adecuadas y proporcionadas a los distintos tipos de canales de distribución. Por otro lado, refuerza las normas de conducta y transparencia y establecen requisitos adicionales para la distribución de productos de inversión basados en seguros; introduce el concepto de ventas vinculadas y combinadas; establece requisitos en materia de gobernanza de productos, en particular, en el diseño, aprobación y control de estos y se refuerza el régimen de infracciones y sanciones.
El Proyecto de Ley modifica la estructura del mercado de la distribución de seguros y reaseguros, fijando la tipología de distribuidores y los requisitos para acceder a esta actividad. Asimismo, se refuerzan los de profesionalidad y competencia de los mediadores de seguros y reaseguros.

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