- Real Decreto-ley 10/2025, de 23 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes contra el genocidio en Gaza y de apoyo a la población palestina.
Nota: Este Real Decreto-ley, con una exposición de motivos de 6,5 páginas de un total de 9 (un 72 por 100), consta de cuatro artículos. El artículo 1 regula la prohibición de transferencias de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso. Así, se prohíben las exportaciones destinadas a Israel y las importaciones originarias de Israel del material incluido en los anexos del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, aprobado por el Real Decreto 679/2014 (véase la entrada de este blog del día 26.8.2014). Además, se denegarán las solicitudes de autorización de tránsito de dicho material.
Por su parte, el artículo 2 aborda medidas en materia de combustibles de uso militar con destino Israel. En concreto, se denegarán las solicitudes de autorización de tránsito con destino a Israel de combustibles que puedan tener un uso final militar.
El artículo 3 contempla medidas dirigidas a la prohibición de importación aduanera de productos originarios de los asentamientos israelíes en el Territorio Palestino Ocupado.
Finalmente, el artículo 4 establece que la publicidad de la comercialización de bienes originarios de asentamientos israelíes en el Territorio Palestino Ocupado y de servicios prestados en dichos asentamientos tendrá la consideración de publicidad ilícita.Por su parte, la disposición adicional primera prevé que el Consejo de Ministros pueda, excepcionalmente, autorizar las transferencias de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso a que se refiere el artículo 1 cuando la aplicación de su prohibición suponga un menoscabo para los intereses generales nacionales, previo informe de la Junta Interministerial Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso. Es decir, no pero sí. Prohibimos el comercio con Israel pero si necesitamos sus productos o venderle los nuestros, entonces a seguir comerciando.
Véase el Acuerdo de convalidación del Congreso de los diputados.

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