jueves, 15 de enero de 2009

El Reglamento Roma I entra en vigor en el Reino Unido (DOUE de 15-1-2009)


Decisión de la Comisión, de 22 de diciembre de 2008, sobre la petición del Reino Unido de aceptar el Reglamento (CE) nº 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I) [notificada con el número C(2008) 8554].

[DOUE L10, de 15-1-2009]

Nota: De entrada, el Reino Unido no participó en la adopción del Reglamento, por lo que no le era de aplicación (considerando núm. 45 de la exposición de motivos). Ahora bien, el 24 de julio de 2008 notificó formalmente a la Comisión su deseo de aceptar el Reglamento y de participar en él. Como consecuencia de ello, ahora se determina que el Reglamento Roma I entrará en vigor en el Reino Unido a partir de la fecha de la notificación de la presente Decisión, aplicándose a partir del 17 de diciembre de 2009, excepto su art. 26, que lo hará a partir del 17 de junio de 2009 (art. 2 de la Decisión en relación con el art. 29 del Reglamento).

Para más información, véanse los siguientes documentos:
-El Documento 2007/0282 (COD), por el que el Reino Unido notifica formalmente su deseo de aceptar y participar (Opting-in) en el Reglamento Roma I.
-El documento COM(2008) 730 final (Bruselas, 7.11.2008): Dictamen de la Comisión sobre la solicitud del Reino Unido de aceptar el Reglamento (CE) nº 593/2008 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 17 de junio de 2008, relativo a la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I).
Véanse también las entradas de este blog de día 14-4-2008 y de día 26-7-2008.

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