viernes, 1 de septiembre de 2023

Jurisprudencia - Conducir un vehículo con una licencia no homologada en España o caducada constituye una infracción administrativa y no un delito contra la seguridad vial

 

 - Audiencia Provincial de Navarra, Sección 1ª, Sentencia 270/2022 de 15 Nov. 2022, Rec. 788/2022: Falsedad en documento oficial. Permiso de conducir falso. Autoría por inducción o cooperación necesaria del acusado al facilitar su fotografía para su incorporación a los documentos falsos. Entrega por el acusado a requerimiento de los agentes de la autoridad de un permiso de conducción de la República de Argelia falso, no presentando el soporte actual de dichos permisos. Conducción sin permiso. Absolución. Exclusión del tipo penal los supuestos de conducción con permisos expedidos por países no comunitarios. Ha quedado probada la existencia y vigencia de un permiso de conducir a favor del acusado en su país de origen, si bien el mismo no ha sido expedido ni reconocido por las autoridades españolas. Conducir un vehículo a motor con una licencia de conducción no homologada en España o caducada constituye una infracción administrativa grave, pero no un delito contra la seguridad vial.

Ponente: Badiola Coca, Silvia Pilar.
Nº de Sentencia: 270/2022
Nº de Recurso: 788/2022
Jurisdicción: PENAL
Diario LA LEY, Nº 10339, Sección Sentencias y Resoluciones, 1 de Septiembre de 2023
ECLI: ES:APNA:2022:1101

 

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