TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS: DENEGACIÓN DE ACCESO A TRIBUNALES POR NO PODER PAGAR LOS GASTOS DE TRAMITACIÓN
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Beian c. Rumanía (n ° de demanda 41113/03). Los demandantes, Sr.y Sra. Beian, son de nacionalidad rumana, nacidos en 1932 y 1942 respectivamente y residentes en Sâncraiu de Mures (Rumanía). El motivo de su recurso ante el TEDH fue la imposibilidad de acceder a cobrar una cantidad debida por no poder pagar los gastos de tramitación ante los tribunales rumanos, ya que éstos reclamaban 330€ en sellos oficiales para ejecutar el proceso. Por todo ello decidieron acudir al TEDH alegando violación del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho a un proceso judicial justo) y la del artículo 1 del Protocolo 1 del CEDH (derecho a la propiedad). El TEDH ha calificado la situación como injusta, puesto que la cantidad requerida por los tribunales suponía más del doble de los ingresos mensuales del matrimonio en ese momento, resultando éstos inferiores al salario medio en Rumanía. De la misma manera, el TEDH hace notar que los demandantes no tuvieron oportunidad de solicitar una exención de la tasa por gastos de tramitación debido a sus bajos ingresos, calificando, por lo tanto, el sistema judicial nacional rumano como insatisfactorio a este respecto. Por todo ello, por unanimidad, califican el asunto como violación del artículo 6.1 del CEDH, pero sin entrar a valorar la posible violación del artículo 1 del Protocolo 1, recompensando a los demandantes con una cantidad.
Fuente: Consejo General de la Abogacía, Europa en Breve, núm. 6/08
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Beian c. Rumanía (n ° de demanda 41113/03). Los demandantes, Sr.y Sra. Beian, son de nacionalidad rumana, nacidos en 1932 y 1942 respectivamente y residentes en Sâncraiu de Mures (Rumanía). El motivo de su recurso ante el TEDH fue la imposibilidad de acceder a cobrar una cantidad debida por no poder pagar los gastos de tramitación ante los tribunales rumanos, ya que éstos reclamaban 330€ en sellos oficiales para ejecutar el proceso. Por todo ello decidieron acudir al TEDH alegando violación del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho a un proceso judicial justo) y la del artículo 1 del Protocolo 1 del CEDH (derecho a la propiedad). El TEDH ha calificado la situación como injusta, puesto que la cantidad requerida por los tribunales suponía más del doble de los ingresos mensuales del matrimonio en ese momento, resultando éstos inferiores al salario medio en Rumanía. De la misma manera, el TEDH hace notar que los demandantes no tuvieron oportunidad de solicitar una exención de la tasa por gastos de tramitación debido a sus bajos ingresos, calificando, por lo tanto, el sistema judicial nacional rumano como insatisfactorio a este respecto. Por todo ello, por unanimidad, califican el asunto como violación del artículo 6.1 del CEDH, pero sin entrar a valorar la posible violación del artículo 1 del Protocolo 1, recompensando a los demandantes con una cantidad.
Fuente: Consejo General de la Abogacía, Europa en Breve, núm. 6/08
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