-Corrección de errores del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Nota: Ya tenemos la inevitable corrección de errores, esta vez ¡de tres páginas y 39 errores! ¿Es que el Gobierno no cuenta con personal que se lea las disposiciones antes de enviarlas al BOE? Pero, ¿se trata de una simple corrección de errores materiales o de algo más? Veamos algunos ejemplos de errores (???) ahora corregidos:-Corrección de errores del Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.Véase el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, así como la entrada de este blog del día 3.7.2010.
- donde dice: «acciones.», debe decir: «acciones, cuya transmisibilidad podrá restringirse en los estatutos sociales.».
- donde se dice: «o las participaciones creadas», debe decir: «ni las participaciones creadas».
- donde se dice: «personal de la sociedad», debe decir: «personal de la empresa».
- donde dice: «conceder prestamos», debe decir: «conceder créditos o préstamos».
- donde dice: «2. Cuando la retribución no tenga como base», debe decir: «2. En la sociedad de responsabilidad limitada, cuando la retribución no tenga como base».
- en el artículo 263, se ha omitido un segundo apartado.
- donde dice: «Representación frente a los miembros del consejo de control», debe decir: «Representación frente a los miembros de la dirección».
- omitido el segundo apartado del artículo 499.
- apartados 1 y 2 del artículo 502, donde dice «nuevo propietario», debe decir «nudo propietario».
Nota: Véase el Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, así como la entrada de este blog del día 14.7.2010.[BOE n. 210, de 30.8.2010]
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