Ley 9/2010 de la Comunitat Valenciana, de 7 de julio, de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana.
Nota: El art. 4.1 determina que para ser designado Senador en representación de la Comunitat Valenciana se debe gozar de la condición política de valenciano.[BOE n. 187, de 3.8.2010]
Sobre los requisitos para gozar de la condición política de valenciano véase el art. 3.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.