viernes, 28 de septiembre de 2012

BOE de 28.9.2012


-Corrección de errores de la Orden INT/2008/2012, de 21 de septiembre, por la que se regula la Orden del Mérito de la Guardia Civil.
Nota: Véase la Orden de 21 de septiembre de 2012, así como la entrada de este blog del día 25.9.2012.
-Resolución de 16 de julio de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la calificación realizada por el registrador mercantil y de bienes muebles VIII de Barcelona de la escritura de elevación a públicos de acuerdos sociales, relativa a designación de cargos de la sociedad.
Nota: La cuestión de fondo resuelta en esta Resolución es si en el caso de nombramiento de dos consejeros de nacionalidad extranjera, cuyos datos de identificación se establecen por lo que ya consta en sus respectivos pasaportes, es necesaria para su inscripción en la hoja de la sociedad la constancia o acreditación de su NIE.
Como indica la DGRN, este tema fue ya resuelto en la Resolución de 18.1.2012, por lo que ahora se vuelven a repetir, mediante la técnica de "copy - paste" los mismos argumentos utilizados hace unos meses (¡cuánto papel, tiempo y dinero perdido en repeticiones innecesarias!). La repetición llega hasta tal punto que se copia milimétricamente una referencia a una norma derogada: el art. 101 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre (vid. Vistos y Fundamento de Derecho tercero). Desde el 30.6.2011, este Reglamento ha sido sustituido por el nuevo Reglamento aprobado por el Real Decreto 557/2011, y la escritura en la que se contienen los acuerdos sociales es de 23.3.2012, es decir, casi nueve meses después de la derogación del antiguo Reglamento.

Ya que estamos de repeticiones, voy a copiar lo mismo que dije en este blog comentando la Resolución de 18.1.2012 (véase la entrada de este blog del día 9.2.2012): "sería conveniente que la DGRN no utilizase en su argumentación ni, por ende, aplicase normas derogadas en el momento de producirse los hechos".
El tema tiene una solución muy fácil y sencilla: basta que se cite el art. 206 del Real Decreto 557/2011, que es copia prácticamente literal del art. 101 del derogado Real Decreto 2393/2004. Pues eso, a ver si la próxima vez se cita la norma actualizada. ¡Se admiten apuestas!

-En el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se producen cambios en relación con los cargos responsables de cuestiones universitarias:
-Real Decreto 1369/2012, de 27 de septiembre, por el que se dispone el cese de doña María Amparo Camarero Olivas como Secretaria General de Universidades.
-Real Decreto 1370/2012, de 27 de septiembre, por el que se dispone el cese de don Federico Morán Abad como Director General de Política Universitaria.
-Real Decreto 1372/2012, de 27 de septiembre, por el que se nombra Secretario General de Universidades a don Federico Morán Abad.
-Real Decreto 1373/2012, de 27 de septiembre, por el que se nombra Director General de Política Universitaria a don Jorge Sainz González.

Espero que estos cambios no nos hagan suspirar el conocido "¡Virgencita, que me quede como estaba!"

[BOE n. 234, de 28.9.2012]

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