Información sobre la entrada en vigor del Acuerdo entre la Unión Europea y la República Federativa de Brasil sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes ordinarios.
Nota: Este Acuerdo entrará en vigor el 1.10.2012 tras haberse ultimado el 2 de agosto de 2012 el procedimiento establecido en su artículo 9, apartado 1.Véase el Acuerdo entre la UE y Brasil de 8 de noviembre de 2010, así como la entrada de este blog del día 21.9.2012.
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