NUEVOS ASUNTOS
- Asunto C-556/26, BluOr Bank y AOC Invest: Petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos apeliacinis teismas (Lituania) el 27 de mayo de 2026 – BluOr Bank AS, SIA AOC Invest [DO C, C/2026/4394, 24.8.2026]
Cuestiones prejudiciales:
"1) Cuando un órgano jurisdiccional resuelve sobre la ley aplicable, ¿está automáticamente excluido que pueda aplicar el artículo 7, apartado 2, letra m), del Reglamento (UE) 2015/848 (en lo sucesivo, «Reglamento sobre procedimientos de insolvencia») si, al determinar la competencia, se constata que el litigio entre las partes no está relacionado con una insolvencia, tal como se interpreta esta conexión a los efectos del artículo 6, apartado 1, de dicho Reglamento, es decir, que el litigio no cumple los criterios de «fundamento jurídico» y «estrecha vinculación»?
2) En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿deben considerarse los criterios de «fundamento jurídico» y «estrecha vinculación» la base para determinar la ley aplicable y para interpretar el artículo 7, apartado 2, letra m), del Reglamento sobre procedimientos de insolvencia?
3) En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, cuando se interpone, en el marco de un procedimiento, una demanda que, con arreglo al Derecho nacional, puede tramitarse separadamente de la demanda que pretende obtener la anulación del contrato subyacente (acción pauliana, mediante la que se impugnan los pagos efectuados en virtud de ese contrato), ¿debe considerarse que dicha demanda está comprendida en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento Roma I, titulado «Ámbito de aplicación material», que establece que dicho Reglamento es aplicable, en particular, a las obligaciones contractuales?
4) En caso de respuesta negativa a la tercera cuestión, si no puede determinarse la ley aplicable a la acción pauliana con arreglo al Reglamento sobre procedimientos de insolvencia ni con arreglo al Reglamento Roma I, ¿pueden aplicarse las disposiciones del Reglamento Roma II sobre la ley aplicable para determinar la ley aplicable en función de las circunstancias de hecho, como en el presente asunto?"
- Asunto C-667/26, Miaccu II: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte d’appello di Milano (Italia) el 16 de junio de 2026 – Proceso penal contra GL [DO C, C/2026/4398, 24.8.2026]
Cuestión prejudicial:
"¿Deben interpretarse el considerando 12 y el artículo 1, apartado 3, de la Decisión Marco 2002/584/JAI en el sentido de que no se oponen a una ley nacional de transposición de dicha Decisión Marco, como la Ley n.o 69, de 22 de abril de 2005, la cual, al remitirse en su artículo 39, apartado 1, «en la medida en que sean compatibles», a las disposiciones generales del Código de Procedimiento Penal italiano, establece que el procedimiento de ejecución de una orden de detención europea no se puede iniciar cuando la persona buscada por el Estado emisor carezca de capacidad para participar conscientemente en el procedimiento debido a su condición mental y tal condición sea irreversible?"
- Asunto C-700/26, Aspebrink: Petición de decisión prejudicial planteada por el Kammarrätten i Stockholm – Migrationsöverdomstolen (Suecia) el 26 de junio de 2026 – SA / Migrationsverket [DO C, C/2026/4399, 24.8.2026]
Cuestiones prejudiciales:
"1) Al aplicar el artículo 20 TFUE, cuando se ha constatado que un nacional no comunitario ha ocultado información relevante a efectos de quién ha de considerarse padre de un hijo de dicho nacional de un tercer país, ¿es posible denegarle un permiso de residencia derivado, sobre la base del principio general del Derecho de la Unión que prohíbe el fraude y el abuso de derecho?
2) En caso de respuesta negativa a la primera cuestión, ¿es posible, al aplicar el artículo 20 TFUE en las circunstancias antes expuestas, acogerse a una excepción al derecho de residencia derivado, por razones relativas al mantenimiento del orden público y la salvaguardia de la seguridad pública, en particular el mantenimiento del orden público?"
- Asunto C-701/26, Korsfalk: Petición de decisión prejudicial planteada por el Kammarrätten i Stockholm – Migrationsöverdomstolen (Suecia) el 26 de junio de 2026 – FT / Migrationsverket [DO C, C/2026/4400, 24.8.2026]
Cuestiones prejudiciales:
"1) ¿Se opone el artículo 20 TFUE a un requisito nacional que exige la comprobación de la identidad de un nacional de un tercer país para que se le pueda reconocer un derecho de residencia derivado en virtud de dicho artículo?
2) En caso de respuesta a la primera cuestión en el sentido de que el artículo 20 TFUE se opone a un requisito nacional que exige la comprobación de la identidad de un nacional de un tercer país, ¿cómo habría de tenerse en cuenta el hecho de que no se haya podido comprobar su identidad al valorar si representa una amenaza para el orden público y la seguridad pública? Esta cuestión es pertinente puesto que, con arreglo al Derecho nacional sueco, los nacionales de terceros países que residan en Suecia deben estar en posesión de un pasaporte, por razones de mantenimiento del orden público.
3) En cualquier caso, ¿el hecho de que no se haya podido comprobar la identidad de un nacional de un tercer país puede ser tenido en cuenta en un examen de proporcionalidad entre el interés de la persona en obtener un permiso de residencia derivado en virtud del artículo 20 TFUE y el interés del Estado miembro de garantizar el control de la inmigración?"

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.