La nueva regulación del arbitraje de consumo: el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero.
Manuel Jesús Marín López. Profesor Titular de Derecho Civil. Centro de Estudios de Consumo. Universidad de Castilla-La Mancha.
Diario La Ley, Nº 6905, Sección Doctrina, 17 Mar. 2008
Manuel Jesús Marín López. Profesor Titular de Derecho Civil. Centro de Estudios de Consumo. Universidad de Castilla-La Mancha.
Diario La Ley, Nº 6905, Sección Doctrina, 17 Mar. 2008
El artículo analiza el arbitraje de consumo, a la luz del reciente RD 231/2008, de 15 de febrero. La nueva norma completa las lagunas y corrige las deficiencias del derogado RD 636/1993, e introduce criterios de racionalidad económica que aseguran la supervivencia del arbitraje de consumo. Desde el punto de vista organizativo, la novedad más importante es la creación de dos nuevos órganos: la Comisión de las Juntas Arbitrales de Consumo y el Consejo General del Sistema Arbitral de Consumo. En el plano sustantivo, se mantienen las características esenciales del modelo anterior, aunque con numerosas innovaciones en relación con los órganos arbitrales, el convenio arbitral y el procedimiento arbitral, además de la regulación ex novo del arbitraje de consumo electrónico y del arbitraje de consumo colectivo.Nota: Véase la referencia en este Blog a la publicación del Real Decreto 231/2008.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.