sábado, 21 de noviembre de 2015

BOE de 21.11.2015


-Corrección de errores de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.
Nota: Véase la Ley 5/2015, de 27 de abril, así como la entrada de este blog del día 28.4.2015.
-Real Decreto 1055/2015, de 20 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
Nota: En el núm. 3 del artículo único se modifica el art. 7.1.f) del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de conductores, que pasa a tener la siguiente redacción:
"1. Para obtener un permiso o una licencia de conducción se requerirá:
[...]
f) No ser titular de un permiso de conducción expedido en otro Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ni haber sido restringido, suspendido o anulado en otro Estado miembro el permiso de conducción que poseyese."

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