- Entrada en vigor del Convenio de Extradición entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania, hecho «Ad Referendum» en Madrid el 12 de septiembre de 2006.
Nota: este texto convencional entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, aunque venía aplicándose provisionalmente desde el 12 de septiembre de 2006.
Véase el Convenio de extradición entre España y Mauritania.
- Entrada en vigor del Convenio entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006.
Nota: Este Convenio entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, aunque venía aplicándose provisionalmente desde el 12 de septiembre de 2006,
Véase el Convenio entre España y Mauritania sobre asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas.
- Entrada en vigor del Convenio relativo a la asistencia judicial en el ámbito civil y mercantil entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006.
Nota: Este convenio bilateral entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, aunque se aplicaba provisionalmente desde el 12 de septiembre de 2006.
Véase el Convenio entre España y Mauritania sobre asistencia judicial en el ámbito civil y mercantil.
- Entrada en vigor del Convenio relativo a la Asistencia Judicial en materia penal entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006.
Nota: Este texto convencional entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, aunque se aplicaba provisionalmente desde el 12 de septiembre de 2006.
Véase el Convenio entre España y Mauritania sobre asistencia judicial en materia penal.
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