miércoles, 2 de julio de 2025

DOUE de 2.7.2025


- Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — La dimensión económica del Estado de Derecho (Dictamen de iniciativa)
[DO C, C/2025/3190, 2.7.2025]

Nota: Afirma el CESE que un poder judicial fuerte e independiente que garantice la protección jurídica y el cumplimiento de la ley por parte de todos los que están sujetos a ella es fundamental para el Estado de Derecho, al igual que unos servicios públicos adecuadamente dotados. Los Estados miembros de la UE deben comprometerse a invertir de forma sostenida en los sistemas judiciales, las fuerzas y cuerpos de seguridad, las inspecciones de trabajo y otras instituciones públicas que garanticen la seguridad jurídica, el acceso a la justicia y el cumplimiento de los derechos. La financiación insuficiente de estas instituciones conduce a una aplicación deficiente, a la inseguridad jurídica y a una disminución de la confianza en las instituciones democráticas.
El respeto del Estado de Derecho es un factor esencial para el atractivo de un lugar desde el punto de vista económico: una protección débil de las inversiones transfronterizas en el mercado interior puede afectar a la libertad de empresa (artículo 16 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE) y al derecho a la propiedad (artículo 17 de la Carta). 
El dictamen contiene un listado de ejemplos de comportamientos proteccionistas y discriminatorios que socavan el Estado de Derecho, ejemplos que han llegado a las organizaciones patronales nacionales y europeas a través de empresas afectadas por ellos. 
- Introducción de impuestos especiales, que, en la práctica, únicamente afectan a los inversores extranjeros.
- Infracciones marginales a las que se imponen multas elevadas, al tiempo que se suprime el efecto suspensivo de los recursos en determinados sectores.
- La adquisición de terrenos y la autorización para construir un centro comercial por parte de inversores extranjeros se retira tras su finalización y se amenaza con la demolición.
- Los acreedores nacionales y los proveedores "de importancia sistémica" se ven favorecidos frente a las empresas extranjeras.
- Prohibición con escaso plazo de las adquisiciones de empresas mediante un reglamento de emergencia.
- Perjuicio a las empresas extranjeras en los procedimientos de licitación para la asignación pública de determinadas materias primas, asignándoles únicamente cantidades inferiores a las que legalmente les corresponderían en función del tamaño de la empresa.
- Prohibiciones impuestas a corto plazo a la exportación de materias primas cuya exportación estaba permitida desde hacía años.
- Aplicación de límites de precios a determinados bienes que solo afectan a las empresas que superan un determinado volumen de negocios neto, el cual únicamente alcanzan empresas extranjeras.
- Promulgación retroactiva de normas tributarias que solamente afectan a las empresas extranjeras.
- Adopción de medidas de emergencia a corto plazo que se anulan en caso de denuncia. Dado que los procedimientos de infracción suelen durar varios años, la ley deja de estar en vigor antes de que se dicte sentencia y se pone fin al procedimiento.
- Cargos penales por blanqueo de capitales imputados por motivos políticos contra los propietarios de fondos de inversión privados con el fin de expulsarlos del mercado, lo que puede perjudicar a los inversores extranjeros.
- Estados miembros que expiden formularios A1 o no los retiran cuando el trabajador deja de estar desplazado o de estar sujeto a la seguridad social en su Estado.
Considera el CESE que todos estos ejemplos vulneran el derecho fundamental a la igualdad de trato, dado que en ellos se adoptan medidas proteccionistas que dispensan un trato más favorable a las empresas nacionales que a las de los Estados miembros de la UE.  

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — Inversiones y reformas para impulsar la competitividad europea y crear una unión de los mercados de capitales (Dictamen exploratorio solicitado por del Parlamento Europeo)
[DO C, C/2025/3193, 2.7.2025]

- Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a una interfaz pública conectada al Sistema de Información del Mercado Interior para la declaración de desplazamiento de trabajadores y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1024/2012 [COM(2024) 531 — 2024/0301 COD]
[DO C, C/2025/3196, 2.7.2025]


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