Proyecto de Ley de servicios de pago (BOCG-Congreso, Serie A, núm. 25-1, de 17-4-2009).
Nota: Esta Ley tiene por objeto regular los servicios de pago que se presten en territorio español, la forma de prestación de estos servicios, el régimen jurídico de las entidades de pago, el régimen de transparencia e información aplicable a los servicios de pago, así como los derechos y obligaciones de los usuarios de los servicios y de sus proveedores (véase art. 1.1).
De acuerdo con el art. 1.3, su Título III [Transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago, resolución y modificación del contrato marco] y su Título IV [Derechos y obligaciones en relación con la prestación y utilización de servicios de pago] se aplicarán "a los contratos que regulen los servicios de pago prestados por los proveedores de tales servicios residentes en España, incluidas las sucursales en España de proveedores extranjeros. Asimismo se aplicarán los mencionados títulos a las operaciones de pago que se efectúen en territorio español. No obstante, cuando el servicio de pago se preste al amparo de contratos marco celebrados por entidades de pago que tengan su domicilio en otros Estados miembros de la Unión Europea o mediante el ejercicio en España de la libertad de prestación de servicios, sin establecimiento, prevista en el artículo 12, se aplicará la legislación del Estado de origen de la entidad de pago que preste el servicio. En estos casos, cuando se trate de operaciones con consumidores, se aplicará la legislación española siempre que fuera más favorable."
Véase el art. 12 (Ejercicio del derecho de establecimiento y libre prestación de servicios) y el art. 51, que se ocupa de los procedimientos de reclamación extrajudicial para la resolución de litigios.
Mediante esta Ley se pretende incorporar al ordenamiento español la Directiva 2007/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, sobre servicios de pago en el mercado interior, por la que se modifican las Directivas 97/7/CE, 2002/65/CE, 2005/60/CE y 2006/48/CE por la que se deroga la Directiva 97/5/CE.
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