-Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia de 17 Feb. 2009, rec. 7007/2005: Derecho de asilo. Denegación de asilo solicitado por ex ministro de Guinea Ecuatorial condenado en España por un delito contra la salud pública al intentar introducir, a través del aeropuerto de Barajas, casi 15 kg de heroína. Delito cometido en España aun cuando el mismo comenzó a cometerse fuera del territorio nacional. El solicitante de asilo utilizó el pasaporte diplomático para entrar en España. El delito no guarda conexión con su actividad política. No procede reconocer el derecho a permanecer en España por razones humanitarias, confirmándose las apreciaciones del órgano a quo que no aprecia circunstancia alguna de la que poder deducir las graves consecuencias expuestas por el recurrente caso de regresar a su país, ni algún tipo rechazo, repudio o persecución política tras los hechos que determinaron su condena por un Tribunal español.
Ponente: Fernández Valverde, Rafael.-Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 1ª, Sentencia de 18 Mar. 2009, rec. 369/2008: Extranjeros. Expulsión. Extranjero que transmuta la estancia en residencia ilegal al margen de la legislación de extranjería. Ciudadano argentino que pese a manifestar su intención de salir de España antes de 90 días realiza, antes del transcurso de dicho plazo, actos que revelan su intención de permanecer en España con carácter definitivo. Estado permanente y cotidiano de vulneración del ordenamiento, que hace al extranjero merecedor de la sanción de expulsión. Esta situación no puede quedar en el limbo jurídico de la normativa de extranjería por el sólo dato de que el extranjero está en España, aun reconociendo que se halla en situación ilegal, posibilidad no contemplada en ningún precepto del ordenamiento español.
Nº de Recurso: 7007/2005
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 7197, Sección La Sentencia del día, 16 Jun. 2009
Ponente: Cambón García, Francisco Javier.-Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia de 8 Ene. 2009, rec. 2512/2008: Impuesto sobre la renta de no residentes. Derecho a la rectificación de la autoliquidación por la venta de un inmueble. Discriminación de los ciudadanos de la UE no residentes en España respecto a la misma situación tributaria de los residentes en España. Devolución de la diferencia entre el tipo del 35% y el tipo del 15%, que se aplicaba a las ganancias patrimoniales obtenidas por residentes en España. Aplicación prevalente del Derecho comunitario sobre el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Cuestión prejudicial. Planteamiento improcedente. Aplicación de la doctrina del «acto claro».
Nº de Sentencia: 218/2009
Nº de Recurso: 369/2008
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 7197, Sección Reseña de Jurisprudencia, 16 Jun. 2009.
Ponentes: Manglano Sada, Luis; Pérez Nieto, Rafael.
Nº de Sentencia: 40/2009
Nº de Recurso: 2512/2008
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 7197, Sección Reseña de Jurisprudencia, 16 Jun. 2009.
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