lunes, 20 de abril de 2015

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


NUEVOS ASUNTOS

-Asunto C-594/14: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 22 de diciembre de 2014 — Simona Kornhaas/Thomas Dithmar, en su condición de administrador concursal del patrimonio de Kornhaas Montage und Dienstleistung Ltd
Cuestiones planteadas:
"1) ¿Es de aplicación la legislación alemana en materia de insolvencia, en el sentido del artículo 4, apartado 1, del Reglamento no 1346/2000, a una demanda presentada ante un órgano jurisdiccional alemán, por la cual el administrador concursal reclama el reembolso de los pagos realizados, antes de la apertura del procedimiento de insolvencia, pero después de producida la situación de insolvencia, por el director de una private company limited by shares de Derecho inglés o galés, sobre cuyo patrimonio se ha abierto un procedimiento de insolvencia en Alemania con arreglo al artículo 3, apartado 1, del Reglamento no 1346/2000?
2) ¿Es contraria a la libertad de establecimiento de los artículos 49 TFUE y 54 TFUE una demanda como la anteriormente descrita?"
-Asunto C-25/15: Petición de decisión prejudicial planteada por el Budapest Környéki Törvényszék (Hungría) el 21 de enero de 2015 — Proceso penal contra István Balogh
Cuestión planteada: "¿Debe entenderse la redacción del artículo 1, apartado 1, de la Directiva 2010/64/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales, a tenor del cual «la presente Directiva establece normas relativas al derecho a interpretación y traducción en los procesos penales y en los procedimientos correspondientes a la ejecución de una orden de detención europea», en el sentido de que los tribunales húngaros deben aplicar esta Directiva también en el procedimiento especial [capítulo XXIX de la Ley XIX de 1998, de Enjuiciamiento Criminal (a büntetőeljárásról szóló 1998. évi XIX. törvény XXIX. fejezet)], es decir, que el procedimiento especial previsto en el Derecho húngaro ha de entenderse comprendido en la expresión «procesos penales», o bien por esta expresión sólo deben entenderse los procesos que concluyen con una resolución definitiva sobre la responsabilidad penal del inculpado?"

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