Juzgado de lo Contencioso-administrativo N°. 2 de Barcelona, Auto 212/2016 de 20 Jul. 2016, Rec. 255/2016: Autorización de entrada en domicilio. Denegación de la solicitada por el Ayuntamiento de Barcelona para comprobar si se ha cumplido la resolución municipal que ordena el cese de la actividad del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de la Zona Franca. La petición de entrada no ha realizado para ejecutar un acto administrativo, sino para comprobar si se ha ejecutado, y es un hecho público y notorio que, tras llevarse a cabo obras de reforma en las instalaciones, dicho Centro se encuentra nuevamente en funcionamiento, por lo que para comprobar esta circunstancia no es precisa la autorización solicitada. Además, no es posible verificar si dicha orden ha sido dictada por órgano competente al no constar la autoridad que la ha emitido y carecer de firma, y existen serias dudas sobre la competencia del Consistorio para ordenar el cierre del Centro por no disponer de licencia de actividad como establecimiento asimilado a los de hostelería.
Ponente: Puig Muñoz, Elsa.
Nº de Auto: 212/2016
Nº de Recurso: 255/2016
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 8821, Sección Jurisprudencia, 12 de Septiembre de 2016
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