Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 991, Sentencia de 19 diciembre 2019, Rec. 3326/2017: Pérdida de la nacionalidad. Artículo 24.3 CC. No se exige que la declaración de querer conservar la nacionalidad esté sujeta a una forma solemne. La solicitud de la renovación de pasaporte realizada en el Consulado de España, antes de que transcurra el plazo de tres años desde la mayoría de edad del interesado, debe ser considerada como declaración de voluntad de querer conservar la nacionalidad española.
Ponente: Parra Lucán, María de los Ángeles.
Nº de Recurso: 3326/2017
Jurisdicción: Civil
Iustel - Diario Del Derecho, 10 enero 2020, sección Jurisprudencia
[Texto Iustel]
[Texto en CENDOJ: Roj: STS 4072/2019 - ECLI: ES:TS:2019:4072]
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