- EncroChat y las claves de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 30 de abril de 2024
José Luis Rodríguez Lainz, Magistrado titular del Juzgado de Instrucción 4 de Córdoba
Diario LA LEY, Nº 10526, Sección Tribuna, 14 de Junio de 2024
La STJUE (Gran Sala) de 30 de abril de 2024 (asunto C-670/22) se enfrenta a uno de los mayores retos jurídicos consecuencia de la aplicación de mecanismos de cooperación judicial penal en el ámbito de la Unión Europea. En el ya conocido como caso EncroChat entran en juego instituciones tales como la utilización de equipos conjuntos de investigación cuyo cometido no es investigar concretos delitos o entramados criminales, sino dar forma a una herramienta de hacking capaz de forzar el acceso de información a los miles de usuarios de la red de comunicaciones electrónicas conocida con dicho nombre; el forzamiento del llamado procedimiento de notificación para dar pie a la posibilidad de una injerencia masiva de terminales ubicados fuera del territorio nacional francés; las consecuencias jurídicas derivadas de la solicitud de esa información por autoridad fiscal investigadora alemana en cuanto a las comunicaciones que tuvieron lugar en su territorio, y, sobre todo, las garantías del respeto del llamado principio adversarial en ese difícil entresijo de recursos y remedios procesales que supone el régimen de cooperación judicial penal mediante la emisión y ejecución de órdenes europeas de investigación de la Directiva 2014/41/UE.
Nota: Véase la sentencia del TJUE de 30 de abril de 2024, en el asunto C-670/22 (M.N.).
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