El principio de protección del Medio Ambiente, una perspectiva de Derecho Comparado: Derecho Internacional.
Este documento se integra en una serie de estudios que, desde una perspectiva de Derecho Comparado, tienen como objeto analizar el principio de protección del Medio Ambiente en diferentes ordenamientos jurídicos. Tras la explicación de la normativa y la jurisprudencia de aplicación, se examinan el contenido, los límites y la posible evolución de dicho concepto. El presente estudio tiene por objeto el Derecho Internacional del Medio Ambiente. No trata la protección del Medio Ambiente en el marco de la Unión Europea, objeto de un estudio específico en esta misma Colección. El Derecho Internacional del Medio Ambiente es un sector de creación relativamente reciente. En su dimensión actual tiene su origen en las primeras conferencias de la ONU de Estocolmo (1972) y de Río de Janeiro (1992). Fruto de ese impulso normativo que continúa imparable es la regulación de numerosos sectores que integran el concepto global de Medio Ambiente (aire, atmósfera, Antártida, cambio climático, biodiversidad, bosques, capa de ozono, fauna y flora, cursos de agua transfronterizos y lagos internacionales, lucha contra la desertificación, medio marino, residuos). Desde el punto de vista normativo, las particularidades del Derecho Internacional también se manifiestan en él. Así, la pluralidad de normas de distinta naturaleza jurídica y efectos (convencionales, consuetudinarias e institucionales -actos de OOII-) que interaccionan y se complementan entre sí; sin que resulte de utilidad la distinción habitual entre normas vinculantes y no vinculantes. El Derecho Internacional del Medio Ambiente es un sector con incidencia en el de los derechos humanos. Es el caso, entre otros, de los derechos y obligaciones procedimentales en materia de acceso a la información, participación pública en la toma de decisiones, acceso a la justicia en cuestiones medioambientales o la evaluación de impacto ambiental. De ahí la abundante y relevante jurisprudencia internacional existente, vinculada con derechos como los relativos a la vida, la propiedad, la libertad de expresión, el derecho de recurso, la salud y, donde está recogido y/o el derecho a un Medio Ambiente sano.
La estructura seguida para este estudio ha sido establecida por la Biblioteca de Derecho Comparado del Parlamento Europeo con vistas a facilitar la comparación entre los diferentes estudios de la serie. Por razones prácticas, puede haber cierta repetición entre el contenido de los capítulos I, II y III del estudio, que son esencialmente de carácter descriptivo, y el capítulo IV, que es más bien un comentario crítico.
El autor de este documento es Prof. Dr. Carlos FERNÁNDEZ DE CASADEVANTE ROMANÍ, Catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Rey Juan Carlos (Madrid), por encargo de la Unidad “Biblioteca de Derecho Comparado”, Servicio de Estudios del Parlamento Europeo (DG EPRS), de la Secretaría General del Parlamento Europeo.
Le principe de protection de l'environnement, une perspective de droit comparé: Belgique.
Ce document s’intègre dans une série d’études qui, avec une perspective de droit comparé, visent à faire une présentation du principe de protection de l’environnement dans différents ordres juridiques. Après avoir expliqué le droit positif et la jurisprudence d’application, le contenu, les limites et la possible évolution de ce principe sont examinés. La présente étude a pour objet le cas de la Belgique. Dans le cadre d’une politique d’utilisation durable de l’environnement, objectif d’ordre constitutionnel, le droit est amené à jouer un rôle primordial, en ce qu’il attache une force contraignante à des objectifs de conservation et en ce qu’il détermine les moyens pour les réaliser. Tout l’enjeu est d’ajuster les règles en vue d’atteindre les objectifs fixés par le législateur. La consécration dans la Constitution belge d’un droit à un environnement sain constitua indéniablement une avancée. Si ce droit n’est pas directement applicable, il influence néanmoins les conditions liées à l’intérêt à agir ainsi que la mise en balance des intérêts.
La structure suivie pour cette étude est établie par la Bibliothèque de droit comparé du Parlement européen en vue d’une comparaison entre les différentes études de la série. Il y a également, pour des raisons pratiques, un certain nombre de répétitions entre le contenu des chapitres I, II et III de l’étude, de nature essentiellement descriptive, et le chapitre IV qui est plus un commentaire critique, afin de faciliter l’utilisation de l’étude. I.1.4.
Ce document a été rédigé par le Prof. Dr Nicolas DE SADELEER, professeur ordinaire de droit à l’UCLouvain, Saint-Louis, chaire Jean Monnet, à la demande de l’Unité « Bibliothèque de droit comparée », Direction générale des services de recherche parlementaire (DG EPRS), Secrétariat général du Parlement européen. L’auteur remercie Mme Mei-Lin Mo pour l’aide prêtée lors de la réalisation de cette étude.
Otros estudios sobre el tema:
- Le principe de protection de l'environnement, une perspective de droit comparé. Union européenne.
- El principio de protección del Medio Ambiente, una perspectiva de Derecho Comparado. España.
- El principio de protección del Medio Ambiente, una perspectiva de Derecho Comparado. México.
- Le principe de protection de l'environnement, une perspective de droit comparé. France.

















