Acuerdo de 28 de octubre de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 3/2010, sobre reutilización de sentencias y otras resoluciones judiciales.
Nota: Las sentencias y resoluciones judiciales pueden ser objeto de reutilización sin sujeción a condiciones especiales de licencia o autorización, de reutilización con sujeción a condiciones establecidas en licencias-tipo, así como de reutilización previa solicitud.[BOE n. 282, de 22.11.2010]
Lo más frecuente en el ámbito universitario es la reutilización sin sujeción a condiciones especiales de licencia o autorización, lo que sucede cuando se realiza por personas físicas en el marco de actividades docentes o de investigación científica, siempre que dicha reutilización carezca de finalidad comercial, o cuando se realice con fines de información al público, siempre que tenga naturaleza ocasional, posea escasa entidad por el número de ítems que comprenda y carezca asimismo de finalidad comercial. En los demás casos podrán reutilizarse con sujeción a condiciones establecidas en licencias-tipo, con independencia de que se persiga o no una finalidad comercial. Finalmente, la reutilización de sentencias y resoluciones judiciales que no se encuentren puestas a disposición del público por el Centro de Documentación Judicial a través de la página o sitio oficial de Internet del Consejo General del Poder Judicial, deberán autorizarse previa petición de la persona interesada en reutilizarlas.
La reutilización queda sometida a determinadas condiciones. La primera es que el contenido de la información suministrada no sea alterado ni su sentido sea desnaturalizado, si bien se permite enriquecer la información enfatizando ciertos pasajes o trazando vínculos a otros documentos, siempre que tales añadidos sean leales, de forma que los terceros puedan percibir con claridad que esos elementos no forman parte de la información original, y respeten la integridad y el sentido de los documentos. En segundo lugar, que se cite fielmente la fuente de suministro de la información y la fecha del material objeto de reutilización, debiendo hacerse en cada una de las sentencias o resoluciones judiciales. Finalmente, que se verifique la disociación de los datos de carácter personal que pudiera contener el documento.
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