jueves, 6 de febrero de 2020

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (6.2.2020)


-CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. MICHAL BOBEK, presentadas el 6 de febrero de 2020, en el asunto C‑581/18 (TÜV Rheinland LGA Products y Allianz IARD): [Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Frankfurt am Main (Tribunal Superior Regional de lo Civil y Penal de Fráncfort del Meno, Alemania)] Petición de decisión prejudicial — Productos sanitarios — Implantes mamarios defectuosos — Seguro de responsabilidad civil por el uso de productos sanitarios — Limitación territorial — Situaciones meramente internas — Artículo 18 TFUE — Aplicabilidad del Derecho de la Unión.
Nota: El AG propone al Tribunal que conteste las cuestiones planteadas en el siguiente sentido:
"Por sí solo, el artículo 18 TFUE no se opone a que la obligación de suscribir un seguro de responsabilidad civil por el uso de productos sanitarios se limite al territorio de un Estado miembro."
-CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. MICHAL BOBEK, presentadas el 6 de febrero de 2020, en el asunto C‑2/19 (Riigiprokuratuur): [Petición de decisión prejudicial planteada por el Riigikohus (Tribunal Supremo, Estonia)] Cuestión prejudicial — Decisión Marco 2008/947/JAI — Vigilancia de las medidas de libertad vigilada y las penas sustitutivas — Reconocimiento y vigilancia de una sentencia por la que se impone una pena suspendida, pero no medidas de libertad vigilada.
Nota: El AG propone al Tribunal que conteste la cuestión planteada en el siguiente sentido:
"La Decisión Marco 2008/947/JAI del Consejo, de 27 de noviembre de 2008, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias y resoluciones de libertad vigilada con miras a la vigilancia de las medidas de libertad vigilada y las penas sustitutivas, no es aplicable a una sentencia que impone una pena suspendida, pero que no establece medidas de libertad vigilada en el sentido de la Decisión Marco, y en virtud de la cual la única obligación de la persona condenada es no cometer una nueva infracción penal durante el período de libertad vigilada."

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