miércoles, 26 de febrero de 2020

Selección de acuerdos adoptados por el Consejo de Ministros de 25.2.2020


Aunque en la sesión de ayer del Consejo de Ministros no se aprobó ningún Real Decreto-ley, se adoptaron determinados acuerdos con interés para el Derecho Internacional Privado [véase la referencia de la sesión].

- Aprobó el Proyecto de Ley Orgánica relativo a la utilización de datos del Registro de nombres de los pasajeros (PNR) para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave. Con ello se inician nuevamente los trámites legislativos para incorporar a la legislación española la Directiva de la Unión Europea referente al PNR, cuyo objetivo es elevar los niveles de seguridad de los ciudadanos de la Unión Europea, incorporando nuevas herramientas para combatir el terrorismo y la delincuencia organizada grave. El texto actual fue aprobado en el Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2018 y remitido a las Cortes Generales, pero como consecuencia de la convocatoria de elecciones generales su tramitación parlamentaria decayó por lo que es necesario remitirlo otra vez para iniciar de nuevo el procedimiento parlamentario.
El Consejo de Ministros acordó igualmente solicitar la tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia del Proyecto de Ley Orgánica sobre la utilización de datos del Registro de Nombres de Pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves.

- También aprobó un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República de Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y de su Protocolo y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mismo. En 1999, las autoridades de Azerbaiyán remitieron a España para su negociación un proyecto de Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta. Sin embargo, por parte española se consideraba que continuaba vigente el Convenio bilateral sobre esta materia suscrito con la antigua Unión Soviética el 1 de marzo de 1985 mientras no se produjera su denuncia. Puesto que Azerbaiyán no se consideraba Estado sucesor de la URSS respecto a este último, un intercambio de notas de 21 y 28 de enero de 2008 dejó constancia de la no aplicación entre España y Azerbaiyán del Convenio entre España y la antigua URSS. El Consejo de Ministros autorizó el 5 de noviembre de 2010 la firma de este convenio, que fue suscrito en Bakú el 23 de abril de 2014 por los respectivos ministros de Asuntos Exteriores.
El Convenio, que incorpora los estándares de la OCDE, establece un marco fiscal adecuado a las circunstancias de los contribuyentes que desarrollan actividades en el ámbito internacional, con el objetivo de favorecer el intercambio comercial y el flujo de inversiones entre ambos países y facilitar la cooperación entre las autoridades fiscales.

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