Orden TMA/105/2020, de 31 de enero, por la que se establecen las normas para la concesión y mantenimiento de las licencias de explotación de servicios aéreos.
Nota: El objeto de esta norma es establecer el procedimiento para aplicar el Reglamento (CE) nº 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, concretar la regulación en la materia y delimitar aquellos ámbitos en los que la norma comunitaria permite un margen de discrecionalidad a los Estados.
En ella cabe destacar su artículo 14 en el que se regulan las condiciones para que las compañías aéreas con licencia de explotación concedida por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea puedan operar aeronaves mediante acuerdos de arrendamiento de aeronaves con tripulación o sin tripulación. En su núm. 2 se establece que están sujetos a la aprobación previa de la Dirección de Seguridad de Aeronaves:
"a) La toma en arrendamiento de aeronaves con tripulación operadas por compañías aéreas de la Unión Europea o de terceros países.
b) La toma en arrendamiento de aeronaves sin tripulación de cualquier persona física o jurídica, aunque no sea compañía aérea, matriculadas en los Estados miembros de la Unión Europea o en terceros países.
c) La cesión en arrendamiento sin tripulación de aeronaves registradas en España a cualquier operador aéreo o persona física o jurídica."
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