-Concentraciones - La Comisión revisa la Comunicación sobre las soluciones aceptables y modifica el Reglamento de aplicación del control de concentraciones: La Comisión Europea ha revisado sus directrices sobre las soluciones aceptables en el control de las operaciones de concentración para velar por que los problemas de competencia se resuelvan con mayor eficacia y aclarar a las empresas participantes en las concentraciones cómo solucionar mejor dichos problemas. Las soluciones son las modificaciones que las partes implicadas sugieren introducir en una propuesta de transacción con objeto de eliminar los posibles problemas de competencia señalados por la Comisión. Los cambios principales incluyen la introducción de un formulario para comunicar la información sobre las soluciones, detalles sobre las soluciones relativas a las cesiones y a la entrada en el mercado y aclaraciones en cuanto al cometido del administrador. La Comisión también ha modernizado la Comunicación sobre las soluciones aceptables habida cuenta del Reglamento de concentraciones revisado (CE) n° 139/2004 (véase MEMO/04/9),de la experiencia de la Comisión en un gran número de asuntos, del Estudio de la Comisión sobre las soluciones en asuntos de concentración (véase IP/05/1327) y de las sentencias recientes de los Tribunales europeos. La Comunicación sobre las soluciones aceptables también tiene en cuenta los comentarios recibidos a raíz de la consulta pública celebrada en 2007 sobre un proyecto de Comunicación (véase IP/07/544). Además, la Comisión ha modificado el Reglamento de aplicación del control de concentraciones (Reglamento de la Comisión (CE) n° 802/2004) en línea con las modificaciones introducidas en la Comunicación sobre las soluciones aceptables.
La Comunicación revisada sobre las soluciones aceptables sustituye a la Comunicación anterior adoptada en 2001 y refleja la práctica de la Comisión en el ámbito de las soluciones aceptables en asuntos de concentración así como los comentarios recibidos a raíz de la consulta pública lanzada en 2007. La revisión de la Comunicación responde a las conclusiones del Estudio de la Comisión sobre las soluciones en asuntos de concentración, publicado en octubre de 2005. En este documento, la Comisión realizaba un estudio exhaustivo de las últimas soluciones en asuntos de concentración y analizaba la aplicación y eficacia de estas soluciones. La Comunicación revisada incorpora además la jurisprudencia reciente de los Tribunales europeos que constituye una orientación útil, especialmente en lo que respecta al marco jurídico para aceptar o para rechazar soluciones. Finalmente, la Comunicación revisada sobre las soluciones aceptables tiene en cuenta las disposiciones pertinentes sobre soluciones incluidas en el Reglamento de concentraciones de 2004 (véase MEMO/04/9), por ejemplo las posibilidades de ampliar los plazos para discutir y evaluar las soluciones.
Los Estados miembros, que tendrán dos años (hasta finales de 2010) para transponer estas normas, se asegurarán de que el consumidor dispone de un periodo de reflexión de 14 días (frente a los 10 que pedía el Consejo en un principio) para retirarse de la multipropiedad o de los productos de vacaciones a largo plazo, ya sea un contrato de venta o reventa o se trate de un cambio de titularidad. El vendedor tendrá que informar al consumidor de este derecho. Todo pago del precio fijado en un contrato de larga duración (en un club, por ejemplo) se hará de acuerdo a un calendario establecido en la nueva directiva. Los plazos serán anuales y las cantidades iguales. Los países también garantizarán que en los alojamientos de multipropiedad y los productos vacacionales de larga duración está prohibido cualquier pago anticipado, garantía o señal antes de que finalice el periodo de recesión. Los Estados miembros fomentarán el desarrollo de procedimientos adecuados y efectivos de reclamación y recurso para la solución extrajudicial de litigios. Además, el compromiso invita a los fabricantes y comerciantes a elaborar códigos de conducta para facilitar la aplicación de esta normativa.
Fuente y más noticias: Consejo General de la Abogacía, Europa en Breve, núm. 38/2008.
La Comunicación revisada sobre las soluciones aceptables sustituye a la Comunicación anterior adoptada en 2001 y refleja la práctica de la Comisión en el ámbito de las soluciones aceptables en asuntos de concentración así como los comentarios recibidos a raíz de la consulta pública lanzada en 2007. La revisión de la Comunicación responde a las conclusiones del Estudio de la Comisión sobre las soluciones en asuntos de concentración, publicado en octubre de 2005. En este documento, la Comisión realizaba un estudio exhaustivo de las últimas soluciones en asuntos de concentración y analizaba la aplicación y eficacia de estas soluciones. La Comunicación revisada incorpora además la jurisprudencia reciente de los Tribunales europeos que constituye una orientación útil, especialmente en lo que respecta al marco jurídico para aceptar o para rechazar soluciones. Finalmente, la Comunicación revisada sobre las soluciones aceptables tiene en cuenta las disposiciones pertinentes sobre soluciones incluidas en el Reglamento de concentraciones de 2004 (véase MEMO/04/9), por ejemplo las posibilidades de ampliar los plazos para discutir y evaluar las soluciones.
Nota: Véase la entrada de este blog de día 18-10-2008.-Multipropiedad - El Parlamento Europeo da luz verde a una normativa que refuerza los derechos de los usuarios: 1,4 millones de familias europeas deciden pasar sus vacaciones en alojamientos de multipropiedad. Estas familias verán reforzados sus derechos con una nueva directiva comunitaria que la Eurocámara adoptó el 22 de octubre, cuyo objetivo es promover la confianza del consumidor y sus derechos en el uso de este tipo de bienes. La nueva directiva, acordada por el Parlamento Europeo y el Consejo en primera lectura, amplía el ámbito de aplicación de las normas actuales a todo tipo de alojamientos. La directiva no se aplicará solamente a los contratos de multipropiedad, sino también a la propiedad a "tiempo compartido" de barcos, caravanas y cruceros, así como a los contratos de larga duración (más de un año) con clubes de vacaciones.
Los Estados miembros, que tendrán dos años (hasta finales de 2010) para transponer estas normas, se asegurarán de que el consumidor dispone de un periodo de reflexión de 14 días (frente a los 10 que pedía el Consejo en un principio) para retirarse de la multipropiedad o de los productos de vacaciones a largo plazo, ya sea un contrato de venta o reventa o se trate de un cambio de titularidad. El vendedor tendrá que informar al consumidor de este derecho. Todo pago del precio fijado en un contrato de larga duración (en un club, por ejemplo) se hará de acuerdo a un calendario establecido en la nueva directiva. Los plazos serán anuales y las cantidades iguales. Los países también garantizarán que en los alojamientos de multipropiedad y los productos vacacionales de larga duración está prohibido cualquier pago anticipado, garantía o señal antes de que finalice el periodo de recesión. Los Estados miembros fomentarán el desarrollo de procedimientos adecuados y efectivos de reclamación y recurso para la solución extrajudicial de litigios. Además, el compromiso invita a los fabricantes y comerciantes a elaborar códigos de conducta para facilitar la aplicación de esta normativa.
Fuente y más noticias: Consejo General de la Abogacía, Europa en Breve, núm. 38/2008.
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