-Corrección de errores de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo.
-Comunicación de la Comisión — Criterios para el análisis de compatibilidad de ayudas estatales de formación sujetas a notificación individual.
-Comunicación de la Comisión — Criterios para el análisis de compatibilidad de las ayudas estatales para el empleo de los trabajadores desfavorecidos y discapacitados sujetas a notificación individual.
Nota: Una de las correcciones que ahora se realizan afecta al art. 29, por el que se deroga con efectos a partir del 11 de junio de 2010 --y no 12 de mayo de 2010, como decía la versión orginalmente publicada-- la Directiva 87/102/CEE del Consejo, de 22 de diciembre de 1986.[DOUE L207, de 11-8-2009]
Véase la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, así como la entrada de este blog del día 22-5-2008.
-Comunicación de la Comisión — Criterios para el análisis de compatibilidad de ayudas estatales de formación sujetas a notificación individual.
-Comunicación de la Comisión — Criterios para el análisis de compatibilidad de las ayudas estatales para el empleo de los trabajadores desfavorecidos y discapacitados sujetas a notificación individual.
Nota: Sobre las dos Comunicaciones anteriores véase el Reglamento (CE) nº 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008 , por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).[DOUE C188, de 11-8-2009]
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