-Normativa sobre la consulta previa adoptada por los Estados miembros con arreglo al artículo 5 de la Directiva 98/27/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las acciones de cesación en materia de protección de los intereses de los consumidores.
-Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Consejo por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual».
Nota: El art. 5.1 de la Directiva 98/27/CE del Parlamento Europeo y del Consejo establece que los Estados miembros pueden exigir que la parte que pretenda ejercitar una acción de cesación únicamente pueda hacerlo después de que haya procurado obtener la cesación de la infracción previa consulta, bien con la parte demandada bien tanto con la parte demandada como con el organismo público independiente encargado de la protección de los consumidores en el Estado miembro en que se ejercite la acción de cesación. En caso de no obtenerse la cesación de la infracción en el plazo de dos semanas después de recibida la petición de consulta, la parte afectada puede entablar sin más trámite la correspondiente acción de cesación. El art. 5.2 de la Directiva prevé que las normas nacionales que regulen la consulta previa serán publicadas en el DOUE, trámite que se realiza ahora.[DOUE C181, de 4-8-2009]
COMITÉ CONOMÓNICO Y SOCIAL EUROPEO
(450° Pleno de los días 14 y 15 de enero de 2009)
(450° Pleno de los días 14 y 15 de enero de 2009)
-Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Consejo por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual».
Nota: Véase el documento COM(2008) 426 final (Bruselas, 2.7.2008): Propuesta de DIRECTIVA DEL CONSEJO por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual {SEC(2008) 2180} {SEC(2008) 2181} (presentadas por la Comisión).-Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2006/116/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines».
Nota: Véase el documento COM(2008) 464 final (Bruselas, 16.7.2008): Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se modifica la Directiva 2006/116/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines (presentada por la Comisión) {SEC(2008) 2287} {SEC(2008) 2288}.-Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la«Propuesta de Directiva del Consejo relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes (versión codificada)».
Nota: Véase el documento COM(2008) 691 final (Bruselas, 6.11.2008): Propuesta de DIRECTIVA DEL CONSEJO relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes (Versión codificada) (presentada por la Comisión).[DOUE C182, de 4-8-2009]
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