martes, 12 de noviembre de 2013

Bibliografía (Artículos doctrinales)


-Aplicación de los foros de competencia judicial internacional previstos en el Reglamento Bruselas I a las obligaciones de tipo cambiario
Raúl LAFUENTE SÁNCHEZ, Profesor asociado (Titular acreditado) de Derecho internacional privado en la Universidad de Alicante, Abogado
Diario La Ley, Nº 8189, Sección Doctrina, 12 Nov. 2013
LA LEY 8482/2013
En este artículo se analiza la aplicación de los foros de competencia judicial internacional previstos en el Reglamento Bruselas I a las obligaciones de naturaleza cambiaria, en particular, a las derivadas de un contrato de garantía celebrado por una persona física en el marco de una actividad profesional. Todo ello a la luz de la reciente decisión del TJUE en el asunto Feichter, en la que declara que este tipo de obligaciones encuentran acomodo dentro del concepto «materia contractual» previsto en el art. 5.1 a) del Reglamento al objeto de aplicar el foro especial en materia contractual.

Nota: Véase la sentencia del TJUE (Sala Primera) de 14.3.2013, en el Asunto C‑419/11 (Česká spořiteln), así como la entrada de este blog del día 14.3.2013.
-El visado y la autorización de residencia para extranjeros en España. Reformas legales de la nueva Ley de Emprendedores
Víctor CORTIZO RODRÍGUEZ (Licenciado en Derecho, Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Socio en CORTIZO), Renato A. LANDEIRA (Licenciado en Derecho, Doctor en Ciencias de la Información, Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Abogado en CORTIZO)
Diario La Ley, Nº 8189, Sección Tribuna, 12 Nov. 2013
LA LEY 8036/2013
Entre las nuevas medidas impulsadas por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización se encuentran los nuevos incentivos fiscales y las ayudas a la expansión e internacionalización de las empresas españolas.

Nota: Véase la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, así como la entrada de este blog del día 28.9.2013.
-Garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil. España se adhiere al Convenio de Ciudad del Cabo (BOE de 4 de octubre de 2013)
Encarna CORDERO, Catedrática de Derecho Civil. Of Counsel de Pérez-Llorca
Diario La Ley, Nº 8189, Sección Tribuna, 12 Nov. 2013
LA LEY 8484/2013
Las garantías sobre bienes de equipo están basadas en sistemas de inscripción en registros locales que, en contextos internacionales, hacen difícilmente conciliables la explotación adecuada de bienes sujetos a gran movilidad y la consistencia de la garantía, cuya eficacia queda limitada al país donde la misma se registró. Esta situación pretende ser superada a través del Convenio de Ciudad del Cabo, al que España acaba de adherirse. En este trabajo se analiza el impacto de esta regulación en las operaciones que tengan por objeto bienes de equipo situados en España o créditos asegurados con garantía internacional, así como las ventajas sobre las garantías mobiliarias españolas y la situación de las mismas tras la entrada en vigor del Convenio.

Nota: Véase el Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil, hecho en Ciudad del Cabo el 16 de noviembre de 2001, así como la entrada de este blog del día 4.10.2013.

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