sábado, 16 de noviembre de 2013

BOE de 16.11.2013


Orden ECD/2128/2013, de 14 de noviembre, por la que se determina la cuantía de la compensación equitativa por copia privada correspondiente al ejercicio 2012 con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y su distribución entre las tres modalidades de reproducción referidas legalmente.
Nota: La disposición adicional décima del Real Decreto-ley 20/2011 modificó el sistema de financiación de la compensación equitativa por copia privada, sustituyendo al anterior modelo basado en el pago por los intermediarios en el mercado de equipos, aparatos y soportes de reproducción de determinados importes sobre estos dispositivos, por un sistema de compensación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en el que la cuantía de ésta ha de determinarse tomando como base la estimación del perjuicio causado. A raíz de ello, se aprobó el Real Decreto 1657/2012 por el que se regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Ahora se procede a fijar, de acuerdo con los criterio establecidos en el art. 3.2 del RD 1657/2012, la cuantía de la compensación equitativa por copia privada para el ejercicio 2012 con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, así como su distribución entre las distintas modalidades de reproducción y su asignación a las entidades de gestión.
Véanse las entradas de este blog del día 31.12.2011 y del día 8.12.2012.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.